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REGLAMENTOS Y ESTATUTOS

CAPITULO VIII. DEBERES Y DERECHOS.

  • ARTICULO 36. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de
    Anestesiología y Reanimación –SADEA- tienen el deber de asistir a todas
    sus reuniones, formar parte de sus comisiones, pagar sus cuotas, velar por
    la buena marcha de la misma y por que se cumplan los estatutos.

  • ARTICULO 37. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de Anestesiología
    y Reanimación –SADEA- tienen derecho a elegir y ser elegidos, recibir los
    beneficios científicos, sociales, gremiales y económicos que se deriven del
    logro de sus objetivos y del funcionamiento de la misma, siempre y cuando se
    encuentren a paz y salvo.

  • ARTICULO 38. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de Anestesiología
    y Reanimación –SADEA- tienen derecho a ser oídos en descargos cuando sea
    necesario y dentro de un termino no mayor de veinte días luego de notificarle
    la queja y a ser definidos ante ella según las normas vigentes siempre y
    cuando se encuentren a paz y salvo.