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REGLAMENTOS Y ESTATUTOS
CAPITULO VIII. DEBERES Y DERECHOS.
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ARTICULO 36. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de
Anestesiología y Reanimación –SADEA- tienen el deber de asistir a todas
sus reuniones, formar parte de sus comisiones, pagar sus cuotas, velar por
la buena marcha de la misma y por que se cumplan los estatutos.
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ARTICULO 37. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de Anestesiología
y Reanimación –SADEA- tienen derecho a elegir y ser elegidos, recibir los
beneficios científicos, sociales, gremiales y económicos que se deriven del
logro de sus objetivos y del funcionamiento de la misma, siempre y cuando se
encuentren a paz y salvo.
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ARTICULO 38. Los socios activos de la Sociedad Antioqueña de Anestesiología
y Reanimación –SADEA- tienen derecho a ser oídos en descargos cuando sea
necesario y dentro de un termino no mayor de veinte días luego de notificarle
la queja y a ser definidos ante ella según las normas vigentes siempre y
cuando se encuentren a paz y salvo.
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