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REGLAMENTOS Y ESTATUTOS
CAPITULO VII. PATRIMONIO SOCIAL.
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ARTICULO 35. Son recursos de la Sociedad Antioqueña de Anestesiología y
Reanimación –SADEA-, las cuotas ordinarias y extraordinarias pagadas por
sus socios, las utilidades de sus eventos, las donaciones y todas las
cuentas y bienes que llegasen a pertenecerle.
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