ARTICULO 5. Son SOCIOS ACTIVOS los médicos anestesiólogos que cumplan
los siguientes requisitos:
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a. Ser médico anestesiólogo en ejercicio de todos sus derechos,
residir en el departamento de Antioquía y tener autorización para
ejercer la medicina y la anestesiología de acuerdo con las leyes
colombianas.
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b. Tener ética profesional intachable.
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c. Aceptar y cumplir los presentes estatutos.